Justicia INJUSTA, Caso Antonio Pavesi Rissotti
El de 2 de mayo ante el juzgado en lo correccional 1 de San Nicolás a cargo del Juez SEBASTIAN ZUBINI, se llevó a cabo la audiencia en la cual se concedió la suspensión a prueba de conducta de los procesados MARCELO ELMER Y ELSA GRIGONI, conocidos médicos de Baradero.
Ese mismo día se encontraba previsto el inicio del debate oral y público donde se acusaba a los médicos mencionados de “homicidio culposo” por el Ministerio Público de San Nicolás y en perjuicio de quien fuera en vida Antonio Pavesi Rissotti.
A pesar de que que , con el patrocinio legal del Dr Daniel A. Satraga, insistimos en el cambio de la calificación legal, primando el criterio de la fiscalia, la causa se elevó a juicio oral imputando a los médicos por homicidio negligente, imprudente y contrario a las reglas del arte medical en perjuicio de Antonio, recién nacido.
Desde el inicio mismo de la causa, sostuvimos que tanto ELMER como GRIGONI habían cometido homicidio con dolo eventual, ya que tanto Elmer al atrasar el nacimiento del niño como Grigoni al no enviarlo a terapia intensiva ante el sufrimiento fetal, no descartaron la posibilidad del deceso pero aún así no les resultó importante.
Durante más de 9 años la causa atravesó diversos vivaces judiciales, como por ejemplo la recusación del anterior Juez ENZ, al que pedimos sea apartado por impedir la incorporación de prueba pericial dirimente. Después de haberse rechazado un pedido de aprobación anterior que incluso fue tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un cambio repentino de jurisprudencia en el ámbito de San Nicolás propició que las defensas de los médicos vuelvan a reiterar el pedido el pedido de suspensión a juicio.
En éste sentido, a pesar que había PRUEBAS CONTUNDENTES de la responsabilidad penal de ambos médicos, que significan que AMBOS CONTRIBUYERON A CAUSAR LA MUERTE DE ANTONIO, se dispuso suspender el juicio oral. Es decir que la tutela judicial efectiva no sea la clásica respuesta punitiva que hubiera permitido una condena a los médicos.
No es que la causa terminó sino que se abrió un compás de espera por el término de 3 años en los que Elmer y grigoni deberán hacer tareas gratuitas para la comunidad de Baradero, cumpliendo una suerte de reeducación de los imputados teniendo en cuenta que ambos no tenían antecedentes penales.
La probation que se les concedió se asienta sobre estos parámetros
1) Mantener residencia
2) Quedar al cuidado del patronato de liberados provincial
Realizar tareas comunitarias no remuneradas por el termino de 3 años en instituciones de bien público de Baradero.
Para el caso que Elmer y Grigoni no cumplieran con estas pautas de conducta o no hicieran las tareas comunitarias la probation se revoca y se reinicia el juicio oral y público
Si bien el patronato de Liberados es el que debe verificar si Elmer y Grigini cumplen con aquellas, toda la comunidad de Baradero debe controlar que estos médicos muy conocidos en la ciudad rindan cuenta a la sociedad y puedan ser debidamente reeducados en su conducta responsable.
Fuente: Lorena Rissotti